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| DOCTRINA
DEL CONSEJO DE EUROPA |
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Por Fernando Moreno de Barreda.
Vicepresidente Ejecutivo de Hispania Nostra El Consejo de Europa, desde el momento en que dio comienzo a sus trabajos
en el ámbito del Patrimonio Cultural, ha mostrado un permanente
interés por conseguir la plena utilización de las técnicas
y materiales tradicionales en la Conservación Integrada del Patrimonio
Arquitectónico. Esta utilización se refiere tanto a las
intervenciones realizadas sobre los propios elementos y conjuntos del
Patrimonio, como a las nuevas construcciones llevadas a cabo en el ámbito
de los mismos. Así lo demuestra el contenido de los denominados
Textos Fundamentales del Consejo de Europa en materia de Patrimonio
Cultural, de los que comentaremos las partes más significativas
a efectos de analizar el desarrollo y evolución de la referida
doctrina. Como referencia más antigua, es necesario partir de la Resolución
(68) 12 del Consejo de Europa sobre la “Conservación activa
de Monumentos, Conjuntos y Sitios de interés histórico
o artístico en el contexto de la ordenación del territorio”,
adoptada en el año 1968 por el Comité de Ministros. En esta resolución se amplió el tradicional concepto
de conservación del patrimonio inmueble, centrada en la pura
restauración monumental individualizada, abriendo el camino hacia
un concepto de conservación activa cuyo objetivo es: “(...)
la integración completa de los monumentos, conjuntos y sitios
de interés histórico o artístico en la vida urbana
y rural”. En esta Resolución se incluye el concepto de
integración de los monumentos en su entorno, lo que supone un
trascendental cambio. Al año siguiente, se celebró en Bruselas la “1ª
Conferencia de Ministros responsables de la salvaguarda y rehabilitación
del Patrimonio Cultural Inmobiliario”, en cuya primera Resolución
se insiste en el camino iniciado el año anterior. La Declaración de Amsterdam, que recoge las conclusiones del
Congreso sobre Patrimonio Arquitectónico Europeo, celebrado en
el mismo año, establece que: “Se deben tomar medidas para
garantizar que los materiales de construcción tradicionales puedan
continuar utilizándose, y que los oficios y técnicas tradicionales
se sigan aplicando. Todo programa de rehabilitación deberá
ser estudiado a fondo antes de llevarse a cabo, debiendo reunirse al
mismo tiempo una documentación completa sobre los materiales
y técnicas”. En el “Convenio para la Salvaguarda del Patrimonio Arquitectónico
de Europa”, (1985) documento fundamental de carácter vinculante
que obliga formalmente a todos los países signatarios, entre
los que se encuentra España, se trató específicamente
el tema de los materiales y técnicas tradicionales, al disponer
que “Cada parte se compromete a adoptar políticas de conservación
integrada que fomenten, por ser indispensable para el futuro del Patrimonio
Arquitectónico, la aplicación y el desarrollo de técnicas
y materiales tradicionales”. Además, en el Apartado de
sanciones, quedó bien clara la intención de los países
de reforzar la obligación de mantenimiento de la integridad de
los edificios. Impacto económico La “2ª Conferencia de Ministros responsables del Patrimonio
Arquitectónico”, celebrada en Granada en 1985, en su resolución
nº 3 relativa al impacto económico de la conservación
del patrimonio destacó la importancia de promover “el mantenimiento
y la expansión de empresas utilizadoras de mano de obra y materiales
que son una garantía para la salvaguarda de las habilidades técnicas
tradicionales, indispensables para la conservación física
del patrimonio”. En 1988, el Comité de Ministros del Consejo de Europa adoptó
la “Recomendación relativa al control del deterioro físico
del Patrimonio Arquitectónico, acelerado por la polución”.
En la misma, se subraya la necesidad de que exista una continuada mejora
de los métodos de conservación, desarrollando y utilizando
materiales y productos que se adapten a la calidad original del monumento,
y recurriendo en primer lugar a las técnicas tradicionales propias
de la época de construcción del edificio. En 1989, el mismo Comité de Ministros adoptó la “Recomendación
de Ministros adoptó la “Recomendación relativa a
la protección y puesta en valor del Patrimonio Arquitectónico
Rural”. En este texto se alude a la necesidad de sensibilizar
al público y a los agentes económicos sobre el valor que
posee aquella arquitectura que “se manifiesta en un uso tradicional
de los materiales, técnicas constructivas, proporciones y detalles
arquitectónicos” abogando por “el uso de los materiales
de sustitución más adecuados, cuando falten los tradicionales”
y animando a “promover una arquitectura local contemporánea
con un enfoque creativo que esté basado en los conocimientos
y espíritu de la arquitectura tradicional”. En el año 1993, por último, el Comité de Ministros
adoptó la “Recomendación relativa a la protección
del Patrimonio Arquitectónico contra las catástrofes naturales”.
En este documento se establecieron una serie de criterios técnicos
de los cuales sólo afectan al tema que nos ocupa una serie de
ellos. Son de trascendental importancia los siguientes párrafos:
“.... se dará mayor énfasis a la prevención,
preparación y vigilancia, que a aquellas disposiciones que requieran
modificaciones estructurales”. “Todas las modificaciones de estructura y todas las instalaciones
de sistemas mecánicos, eléctricos u otros destinados a
la prevención, detección y luchan contra incendios, deben
ser decididas de acuerdo con las autoridades responsables del patrimonio
arquitectónico”. “La envergadura de los trabajos propuestos no debe alterar total
ni parcialmente el interés específico o la integridad
del edificio histórico”. “Los sistemas estructurales y los materiales de construcción
existentes se conservarán, respetarán y fomentarán”.
“Los materiales y técnicas tradicionales son preferentes”.
“Las formas de construcción, ampliación y modificación
existentes que sean inadecuadas o que no estén autorizadas deberían
eliminarse, siempre que sea posible”. “(...) para lograr ese objetivo, es importante asegurar la realización de un estudio detallado tanto de la globalidad del edificio histórico y de su estructura como de sus materiales y técnicas de construcción, su evolución histórica y su estado de conservación. En la conservación de los edificios se requiere un mantenimiento de calidad, así como el empleo de técnicas y materiales tradicionales y compatibles”. |
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